Socios

¿Por qué asociarse a Sociedad Rural de Rivadavia?

Participar de las instituciones es hoy casi imprescindible para quienes busquen el beneficio del ámbito rural en su generalidad.
La Sociedad Rural de Rivadavia embandera desde sus comienzos esta premisa, aquellos fundadores confiaron en que las generaciones siguientes le dieran continuidad a este espíritu.

Hoy, regidos por los valores de aquel entonces, apuntalamos un plan de trabajo que persigue el mejoramiento colectivo, para ello es necesario el concurso de todos.

La Sociedad Rural de Rivadavia, facilitando medios y conocimientos, difundiendo acciones y nociones útiles, pone a disposición del sector agropecuario una amplia gama de servicios, e invita a sumarse a esta familia rural, que por una cuestión natural les pertenece.

En tanto, seguimos abocados continuamente a la generación de nuevos servicios, y participando gremialmente en Carbap y Cra.

 

La Sociedad Rural de Rivadavia informa a sus asociados, tal como establece su Estatuto, en su “Titulo ll”, referente a los asociados, su texto dice así:

Art.4: De los Asociados

Habrá cuatro categorías de socios: honorarios, vitalicios, activos y adherentes, sin distinción de sexos.-

Art.5:Serán Socios Honorarios aquellos que por determinados méritos prestados a la asociación o por donaciones que efectuaren, se hagan acreedores de tal distinción, y serán designados por la AsambleaGenerala propuesta de la ComisiónDirectiva o de un grupo de treinta socios como mínimo, carecen de voz y voto y no pueden ser miembros de la ComisiónDirectiva.-

Art.6:Serán Socios Vitalicios aquellos que cuentan con una antigüedad ininterrumpida de veintinueve años en el carácter de socios activo de la Institución, quienes de hecho pasarán a formar parte de esa categoría, quedan eximidos de la cuota mensual  y  aquellos que abonen el derecho a tal fin el que será determinado por la ComisiónDirectivaen uso de sus facultades. Gozan de igual derecho y deberes que los socios activos.-

 Art.7: Serán Socios Activos aquellos que tengan la integridad de derecho y obligaciones por estos Estatutos, para ser socio activo se requerirá:

a)-ser mayor de edad.-

b)-ser productor agropecuario, ganadero o agricultor y que haya sido reconocido como tal por dos tercios de votos del total de los miembros de la ComisiónDirectivaen votación secreta.-

c)-presentar solicitud por escrito a la ComisiónDirectivasiendo presentado con la firma de dos socios que tengan una antigüedad de no menos de seis meses en calidad de tal.-

d)-pagará una cuota mensual (que se fija en Asamblea Anual Ordinaria), la que podrá efectuarse en forma semestral o anual por adelantada.-

Art.8:Serán Socios Adherentes los que sin reunir las condiciones establecidas en el Art. 7- inciso a)-, deseen pertenecer a la Sociedady paguen una mensualidad (establecida en Asamblea Anual Ordinaria).-

Art.9:Los Socios Honorarios que deseen ingresar a cualquiera de las otras categorías, deberán solicitarlo por escrito a la ComisiónDirectiva, ajustándose a las condiciones establecidas por este estatuto para cada una de ellas.-

Art.10:Los asociados cesarán en su carácter de tales por las siguientes causas: fallecimiento, renuncias, cesantías o expulsión.-

a)-faltar al cumplimiento de las disposiciones del estatuto o reglamento.-

b)-observar una conducta inmoral o sostener dentro del local social o formando parte de delegaciones de la Institución, discusiones de carácter religioso, racial o político, o participar en la realización de juegos prohibidos o de los denominados bancados.-

c)-haber cometido actos graves de deshonestidad o engaño o tratado de engañar a la Institución para obtener un beneficio económico a costa de ello.-

d)-hacer voluntariamente daño a la Institución, provocar desorden en su seno u observar una conducta que sea notoriamente perjudicial a los intereses sociales.-

e)-haber perdido las condiciones requeridas por este estatuto para ser asociado.-

f)-asumir e invocar la representación de la institución en reuniones, actos, etc., de otras instituciones oficiales o particulares, si no mediara mandato o autorización de la ComisiónDirectiva.-

Art.11:En el caso de incurrir en alguna falta no prevista en el art. que antecede, los asociados podrán ser suspendidos  en el goce de sus derechos sociales, por un término prudencial que no puede exceder de los seis meses.-

Art.12: De todas las resoluciones adoptadas en su contra por la ComisiónDirectiva, los asociados podrán apelar ante la primera Asamblea que se realice.-

Art.13 : Obligaciones y derechos:

Son obligaciones de los asociados:

a)-conocer, respetar y cumplir las disposiciones de este estatuto, reglamentos y resoluciones de la Asambleay de la ComisiónDirectiva.-

b)-abonar mensualmente y por adelantado las cuotas sociales.-

c)-aceptar los cargos para los cuales fueron designados.-

d)-comunicar dentro de los diez días todo cambio de domicilio a la Comisión Directiva, el socio que no diera cumplimiento al inciso b y se retrasase en el pago de tres mensualidades será apercibido por carta certificada, pasado un mes de notificación sin que normalice su situación de morosidad será separado de la institución.-

Art.14:En los casos de separación por deudas, el socio moroso podrá pedir su reincorporación, presentando una solicitud de ingreso a la ComisiónDirectivaquien resolverá al respecto previo pago de lo adeudado a la fecha de su cesantía. La antigüedad como socio no será requerida salvo que el acusado abonare además la totalidad de las cuotas comprendidas desde la fecha de su separación hasta su reingreso.-

Art.15:Son derechos del socio:

 a)-gozar de todos los beneficios sociales, que acuerda este estatuto y los reglamentos siempre que se hallen al día con tesorería, y no se encuentren purgando alguna pena disciplinaria.-

b)-proponer por escrito a la ComisiónDirectivauna licencia con eximición del pago de las cuotas hasta un máximo de seis meses, y siempre que la causa invocada se justifique ampliamente. Durante la licencia el socio no podrá concurrir al local social sin razón atendible, pues su presencia en el mismo significará la reanudación de sus obligaciones para con la institución.-

c)-presentar su memoria en calidad de socio a la ComisiónDirectiva, la que resolverá sobre su aceptación o rechazo si proviniera de un asociado que tenga deudas con la institución o sea posible de sanción disciplinaria.-

Art.16:Los socios pueden presentar a la ComisiónDirectivaproyectos que consideren útiles, teniendo derecho a concurrir con voz sin voto al seno de la ComisiónDirectivacuando se trate su proyecto.-

 

Descargue aquí el formulario de adhesión